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El pacto social y la respuesta al VIH basada en derechos humanos

Miguel Angel Ramiro Avilés, Paulina Ramírez Carvajal
Universidad de Alcalá. Departamento de Ciencias Jurídicas.
E-mail de correspondencia: miguelangel.ramiro@uah.es

RESUMEN
En este trabajo se presenta desde una perspectiva crítica la incipiente construcción en España de una respuesta al VIH centrada en los derechos. El Pacto Social por la No Discriminación y la Igualdad de Trato asociada al VIH, acompañado de otras medidas normativas, pretende alcanzar la no discriminación y la igualdad de trato a través de una serie de objetivos específicos (favorecer la igualdad de trato y de oportunidades de las personas con VIH; trabajar en favor de la aceptación social; reducir el impacto del estigma en las personas con VIH; y generar conocimiento que oriente las políticas y acciones frente a la discriminación). En este texto se reflexiona sobre algunos de estos objetivos que se desarrollan a través de líneas de actuación, y que, a su vez, se concretan en una serie de acciones.

Palabras clave: VIH, Derechos y Libertades, Igualdad y No Discriminación, Pacto Social, Cuarto 90

 

ABSTRACT
In this work, the incipient construction in Spain of an HIV response based on rights is presented from a critical perspective. The Social Pact for Non-Discrimination and Equal Treatment associated with HIV, accompanied by other normative measures, aims to achieve non-discrimination and equal treatment through a series of specific objectives (favoring equal treatment and opportunities for people with HIV; working for social acceptance; reducing the impact of stigma on people with HIV; and generating knowledge that guides policies and actions against discrimination). This paper focuses on some of these objectives that are developed through lines of actions, which are specified in a series of measures.

Keywords: HIV, Rights and Freedoms, Equality and Non-Discrimination, Social Pact, Fourth 90

 

1. UNA MIRADA AL VIH EN ESPAÑA DESDE LOS DERECHOS HUMANOS
Desde que se detectó el primer caso de sida en España en 1982 hasta la inclusión de la profilaxis pre-exposición (en adelante PrEP) en 2019 en la Cartera de Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud (en adelante SNS), a través de la cual se hacen efectivas las prestaciones sanitarias que constituyen el contenido del derecho a la protección de la salud, reconocido en el artículo 43 de la Constitución (en adelante CE), la epidemia de VIH ha sufrido diversos cambios a nivel epidemiológico. En este tiempo la seguridad y la eficacia del tratamiento antirretroviral (en adelante TAR), ya esté basado en un medicamento innovador o genérico, ha quedado ampliamente demostrada, logrando modificar la historia natural de esta infección. El acceso a los TAR a través del SNS ha sido, en líneas generales, universal y gratuito pues han podido obtenerlo no solo las personas que previamente hubieran cotizado a la Seguridad Social sino todas las que residan en España, independientemente de si dicha residencia está o no regularizada. Este acceso universal y gratuito a los tratamientos antirretrovirales, acompañado de otras acciones de salud pública, como la del cribado de todas las mujeres embarazadas en el primer trimestre, ha logrado que en la actualidad el VIH haya dejado de ser una amenaza para la salud pública por problemas de acceso al tratamiento o por elevadas tasas de transmisión vertical.

No obstante, estos logros quedan ensombrecidos por el hecho de que, a punto de llegar a la cuarta década de la epidemia, en España, las personas con VIH, aunque son titulares de los mismos derechos y libertades que el resto de la población, no pueden disfrutarlos en igualdad de condiciones. Son numerosos los ámbitos en que, debido al estigma social en torno a esta condición de salud, las personas con VIH todavía son discriminadas o ven limitados sus derechos y libertades.

La erradicación de la epidemia del VIH para 2030, tal y como propone ONUSIDA, no puede lograrse únicamente consiguiendo que el 95% tenga acceso a la prevención combinada, que el 95% de las personas que viven con VIH en un país esté diagnosticada, que el 95% de las personas diagnosticadas tenga acceso al TAR, que el 95% de las personas diagnosticadas y con acceso al TAR tenga la carga viral suprimida por su uso, que el 95% obtenga acceso a servicios para eliminar la transmisión vertical, y que el 95% de las mujeres tenga acceso a servicios de prevención, tratamiento y seguimiento del VIH y de salud sexual y reproductiva. La erradicación de la epidemia y la reducción de los efectos negativos de la misma en las personas ya infectadas con el VIH puede conseguirse si esos objetivos se refuerzan con otros que vayan más allá de la supresión viral. Así, debe plantearse como objetivo que el 95% de las personas con VIH, hayan o no alcanzado la supresión viral, tenga una buena calidad de vida relacionada con la salud, lo cual implica una mayor igualdad de oportunidades y una menor discriminación y limitación de derechos por razón de VIH.

Por tal motivo, la reducción de las tasas de mortalidad y morbilidad asociadas al VIH, la práctica erradicación de la transmisión vertical y la consecución de los objetivos señalados por ONUSIDA podrían considerarse como un éxito relativo que necesita una política pública decidida a promover la no discriminación y la igualdad de trato de las personas con VIH para que sea un éxito completo. En este sentido, la adopción en noviembre de 2018 del ‘Pacto Social por la No Discriminación y la Igualdad de Trato asociada al VIH’ (en adelante Pacto Social) ha sido una apuesta en esa dirección.

2. ESBOZO DE UNA RESPUESTA AL VIH BASADA EN DERECHOS HUMANOS
El Consejo de Derechos Humanos en la Resolución 38/8 señaló que el respeto y la protección de los derechos humanos en el contexto del VIH son un elemento esencial para poner fin a la epidemia del sida. Por ese motivo, instó a los Estados a que, en primer lugar, reformasen sus leyes, políticas y prácticas para adaptarlas a las obligaciones que dimanan del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y, en caso de necesidad, derogasen aquellas que fueran discriminatorias o afectasen negativamente a las personas con VIH, a las que se sospecha que tienen VIH o a las personas que se relacionan con ellas; en segundo lugar, vigilasen la aplicación efectiva de las leyes, políticas y prácticas que hubieran sido reformadas; en tercer lugar, articulasen mecanismos adecuados para recibir y arbitrar demandas por parte de las personas con VIH, de las que se sospecha que tienen VIH o de las que personas que se relacionan con ellas; y, en cuarto lugar, vigilasen y notificasen las violaciones de los derechos de las personas con VIH, de las personas que se sospecha que tienen VIH o de las personas que se relacionan con ellas. Estas cuatro tareas obligan a realizar cambios estructurales coherentes con las obligaciones universales en materia de derechos humanos.

 

(Continua…)

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